Elena, experta laboral, anticipa los cambios a partir del 1 de septiembre: “La Seguridad Social ya no enviará las notificaciones a tu domicilio, solo a través de la Sede Electrónica. Cuidado si estás de baja médica”

La Seguridad Social ha establecido un importante cambio en la tramitación de las bajas médicas a partir del 01/09/2026, fecha en la que dejará de remitir las notificaciones en papel a los domicilios particulares. Según ha explicado Elena García, experta en Relaciones Laborales y Recursos Humanos a través de la cuenta de contenido legal @celdranymunoz, los ciudadanos deben acceder a sus comunicaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Para llevar a cabo estas gestiones, resulta imprescindible contar con un método de identificación electrónica, como el certificado digital o la Cl@ve permanente. Como ha advertido la especialista, “si la Seguridad Social te envía la notificación, y pasan 10 días y aún no la has abierto, se entenderá por notificada y rechazada”, por lo que conviene disponer preventivamente de estos accesos digitales.

Asimismo, la experta ha recordado que es decisivo mantener actualizados los datos de contacto, en concreto el teléfono y el correo electrónico, ante el organismo público. A través de uno de estos dos medios se enviará un aviso cada vez que exista una comunicación pendiente en la Sede Electrónica, una información que también se puede consultar directamente a través del canal Importass.

En cuanto al cómputo de los plazos administrativos, Elena García ha aclarado un aspecto clave que habitualmente genera confusión entre los usuarios. La profesional ha subrayado que “este plazo empieza a contar desde que abres la notificación, no desde que la recibes”, disponiendo el ciudadano de un margen habitual de 10 días hábiles para contestar a la administración una vez abierto el documento.

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